El TSJ da un varapalo judicial a la CHD por discriminar a La Casa de la Aguada de Puente Colgante

El TSJ da un varapalo judicial a la CHD por discriminar a La Casa de la Aguada de Puente Colgante

Artículo publicado en el medio de comunicación El Norte de Castilla el 13 de Marzo de 2020 por J. Sanz

« No hay nada que justifique el proceder del organismo de cuenca», concluye el fallo del Tribunal Superior deJusticia (TSJ) que anula por «desproporcionada, genérica e indiscriminada» la resolución del expresidente de la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD), Juan Ignacio Diego, que ordenó en dos ocasiones (en 2017 y 2018) el cierre temporal cada año del restaurante La Casa de la Aguada, situado junto al Puente Colgante y próximo al Pisuerga, durante los meses de diciembre, enero, febrero y marzo al considerar que existía un riesgo, que el tribunal considera ahora «injustificado», de inundación.

El fallo de la Sala de lo Contencioso, que da la razón a los propietarios del negocio, considera que la orden del entonces responsable de la CHD (la dirigió entre 2014 y 2018) «vulnera el principio de igualdad» al no haber adoptado la misma decisión de limitar temporalmente la actividad del chiringuito de la playa de Las Moreras a pesar de contar con «una ubicación peor o más peligrosa desde el punto de vista de la inundabilidad que la del edificio que en este pleito ­interesa (La Casa de la Aguada)».

La resolución judicial, que no tendrá, en principio, más recorrido legal más allá de anular aquella orden y permitir al negocio abrir sus puertas durante todo el año, cierra así más de dos años de contencioso entre los propietarios del local y el organismo de cuenca. El alto tribunal considera «no conforme a derecho» la citada limitación de la actividad impuesta al restaurante cuando previamente «había autorizado el cambio de uso» del inmueble decimonónico (cedido en régimen de alquiler por el gestor ferroviario Adif), que hasta aquel 2016, cuando fue rehabilitado y abierto para su uso hostelero con las pertinentes licencias de la propia CHDy del Ayuntamiento, había sido arrendado por la compañía ferroviaria como vivienda sin limitación alguna para ello.

El fallo incide en que «no resulta proporcionado establecer una limitación temporal tan genérica y arbitraria, que impone el cese de la actividad durante cuatro meses, al margen de las circunstancias que concurran cada año (en alusión a las avenidas del río) y a pesar de haber aceptado el plan de autoprotección presentado por los propietarios con dos niveles –de prealerta y alerta–» para su desalojo ante una eventual crecida. El alto tribunal concluye anulando las resoluciones de 2017 y 2018 rubricadas por Juan Ignacio Diego y permite, en definitiva, que La Casa de la Aguada abra sus puertas todo el año (así lo venía haciendo al haber solicitado un aplazamiento de la aplicación de la orden hasta el fallo judicial).

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